En base a las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, en nombre de la República y por autoridad de la ley CONDENA al ciudadano JHON ALFREDO HERMOSO, quien es de nacionalidad venezolana, titular de cedula de identidad N° V-20.019.842, de estado civil soltero, de 20 años de edad, nacido el 20 de noviembre del año 1984 en la ciudad de Puerto Ayacucho Estado Amazonas, grado de instrucción Primaria hijo de Nilda Guitierrez Pedro Hermoso y residenciado en el Barrio Cataniapo al lado detrás del Ricon de Apure al lado de la barbería José Gregorio, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS, SEIS (06) MESES Y VENTE (20) DÍAS, de PRISIÓN por la comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en los ordinales 3 y 4 del artículo 455 del Código Penal, en virtud de la aplicación del artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECIDE.