En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, actuando como Tribunal Mixto, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 367 del Código Orgánico Procesal Penal, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se CONDENA por mayoría de votos y con un voto salvado, al ciudadano Manuel Alexis Celis Leal, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 14.364.640,natural de la urbana Estado Bolívar, nacido en fecha 04-02-79, de 26 años de edad, soltero, de profesión u oficio Agente Policial, hijo de José Celis y Doris Leal, residenciado en Barrio Ajuro, casa S/n, de esta Ciudad, a cumplir la pena de cuatro (4) años y tres (3) meses de prisión, por la comisión de los delitos de Homicidio Culposo y Uso Indebido de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los artículos 409 en concordancia con el.....