Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales antes señaladas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de Acción Mero Declarativa de Certeza de Propiedad, interpuesta por la Ciudadana DINA ISELLA BONA ABREU, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.949.559, progenitora del adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES,, de dieciséis (16) años de edad, debidamente asistida por el Abg. GUSTAVO ANTONIO ACARIGUA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.251.329, e inscrita en Inpreabogado bajo el Nº 183.159 en contra de la Ciudadana MILAGROS DEL VA.....