Esta Corte de Apelaciones en lo Penal, Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Actuando en sede Constitucional, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara competente para conocer y decidir la acción de amparo Constitucional interpuesta. SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la acción de amparo constitucional incoada por el ciudadano José Gregorio Manuel Añez Coa, quien es mayor de edad, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 16.767.089, debidamente asistido por los abogados José Moisés Flores y Coromoto Coa Ravelo, quienes son venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad N° 8.904.227 y 8.902.845, inscritos en el Inpreabogado con los N° 126.999 y 126.998, respectivamente, en contra de la abogada Olgamar Ramos Díaz, en su carácter.....