IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Ser COMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo de Contenido Patrimonial SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE, el presente Recurso Contencioso Administrativo de Contenido Patrimonial. Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, en Puerto Ayacucho, a los 05 días del mes de Mayo de 2015, años 205° de la independencia y 156° de la Federación.
EL JUEZ,
Abg. MANUEL ESCOBAR QUINTO
EL SECRETARIO,
Abg. AQUILES JORDAN
En esta misma fecha, se publicó y registró la anterior decisión.
EL SECRETARIO,
Abg. AQUILES JORDAN