ESTE JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY EMITE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: PRIMERO: Se califica la aprehensión en flagrancia de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA) y (IDENTIDAD OMITIDA), por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de sustancias estupefacientes y psicotrópicas, previsto y sancionado en al artículo 34 de la Ley Especial de Droga, en concordancia con el articulo 16 ordinal 1° establecido en la Ley Contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio de la Colectividad; por cuanto se cumplen los requisitos establecidos en el articulo 557 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, niñas y adolescente en concordancia con el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público en cuanto a que el presente.....