TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECRETA SUSPENDER CONDICIONALMENTE EL PROCESO seguido en contra de ASDRUBAL ALEXIS APARICIO, titular de la cedula de identidad N° V- 11.236.593, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE MUNICIONES, previsto y sancionado en el artículo 277 en concordancia con el articulo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 357, 358, 359 y 360 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se fija el plazo de régimen de prueba en TRES (03) MESES, quedando obligado a cumplir bien y fielmente las condiciones aquí impuestas.