Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte recurrente abogado Humberto Rodríguez Uvieda , inscrito en Inpre-abogado bajo el Nº 64.357, contra la decisión de fecha 10 de agosto de 2.015, dictado por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas.-
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión de 10 de agosto de 2.015, dictado por el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en consecuencia a ello; se declara INADMISIBLE por caduco el recurso de nulidad interpuesto por el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO AUTONOMO ATURES DEL ESTADO AMAZONAS, en contra de la providencia administrativa Nº 00016-2014, dic.....