DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, éste TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN SECCIÓN PENAL DE RESPONSABILIDAD DE ADOLESCENTES, ADMINSISTARNADO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: DECRETA ejecutada la Sentencia Condenatoria de fecha 08/11/2012, dictada al sancionado: IDENTIDAD OMITIDA ARTÍCULO 65 LOPNNA a cumplir la sanción de PRIVACION DE LIBERTAD por el lapso de SEIS (06) MESES, la cual cumplirá en la Casa de Entidad Atención Amazonas, ubicada en la Urbanización Chaparralito en esta ciudad de Puerto Ayacucho, de conformidad con lo pautado en los artículos 583, 620 literal "f" y 628 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto en el artículo 43 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la adolescente ---{ }--- plenamente identificada en autos, y SUCESIVAMENTE deberá cumplir las sancio.....