Por los razonamientos de hecho y de derecho expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancaria de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de
la potestad que emana de los ciudadanos y ciudadanas e impartiéndola en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara perecida la instancia iniciada en fecha 21 de marzo 2005 por ante este Juzgado, mediante solicitud de separación de cuerpos interpuesta por los ciudadanos PASCUAL SALVADOR PIACQUADIO DE CICCO Y CLAUDIA MERCEDES VASQUEZ BOSQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-8.947.895 y V-13.274.047, respectivamente.