Este Tribunal de Ejecución sección adolescente ACORDÓ EN SALA LA DECLARATORÍA EN REBELDÍA al JOVEN SANCIONADO: IDENTIDAD RESERVADA, ORDENANDO SU UBICACIÓN; a tenor de lo dispuesto en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes; dada las reiteradas incomparecencias a los llamados y actos procesales fijados por el Tribunal.-