En virtud de lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal de la Circunscripción Judicial Penal del estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 244 del Código Orgánico Procesal Penal, declara CON LUGAR la solicitud de Decaimiento de la Medida de Coerción Personal, de privación judicial preventiva de libertad del acusado JOSE GREGORIO ALVAREZ CADENA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.106.327. SEGUNDO: A los fines de garantizar la comparecencia al proceso y los derechos de las víctimas, se le imponen al acusado de autos: JOSE GREGORIO ALVAREZ CADENA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.106.327. Las Medidas Cautelares establecidas en el artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal ordinales 3º, 4° y 6°, los cuales son: 1.- Presentación Periódica cada ocho (08) días por ante la Unidad del Alguacilazgo.....