EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, en la causa penal seguida a los ciudadanos: ----------------------------y------------------------; a quienes se les sigue averiguación penal por la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano: ------; en virtud de los hechos ocurridos el día 05 de Septiembre del año 2.004, cuando efectivos militares adscritos a la Guardia Nacional del Estado Amazonas, detienen a los adolescentes imputados, en virtud de la denuncia interpuesta por la víctima, quien denunció haber sido herido con un arma blanca por los adolescentes imputados. En virtud de lo anteriormente expuesto, éste Tribunal de Control considera que la solicitud del Ministerio Público se encuentra ajustada a derecho, cuando señala que resulta insuficiente lo actuado y no existe la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción penal. También, el Juez de C.....