IV
DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: Ser COMPETENTE, para conocer del presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial. SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE, por caducidad el presente Recurso. TERCERO: Se ORDENA la notificación de la presente decisión a la parte recurrente. Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, En Puerto Ayacucho, a los siete (07) días del mes de Abril de 2015, Años 204° de la independencia y 156° de la Federación.
EL JUEZ,
Abg. MANUEL ESCOBAR QUINTO.
EL SECRETARIO,
Abg. AQUILES JORDAN.
En esta misma fecha, siete (07) de Abril de 2015, se publicó y registró la anterior decisió.....