Acuerda PRIMERO: Se decreta la Aprehensión en Flagrancia y aplicación del procedimiento ordinario conforme a lo solicitado por la representación Fiscal, de conformidad con el contenido de los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se decreta la medida PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano RICHARD ORLANDO PRIETO PERALES, ya identificado, a quien se le imputa la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS, previsto y sancionado en el artículo 259, en su primer aparte, de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente; por encontrarse llenos los extremos exigidos en los artículos 250 en todos sus numerales del Código Orgánico Procesal Penal, 251 numeral 2 ejusdem y 252 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.- Es todo.
El Juez Tercero de Control
Dr. Manuel Gómez Brito.
El Secretario
Abg. Carlos Machado.
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
El Secre.....