este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se decreta la Flagrancia de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal puesto que se encuentran llenos los extremos de ley exigidos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena la Aplicación del Procedimiento ordinario de conformidad con el Artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Es todo. Cúmplase. Terminó, se leyó y conformes firman. TERCERO: Se declaran las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad consagradas en el artículo 256, ordinales 3°, 4° y 6°, consistentes en la presentación periódica los días Lunes, Miércoles y Viernes entre las 8:00 a.m. y 11:00 a.m. ante la Unidad de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial , la prohibición de salir de.....