TERCERO. Se la medida cautelar de Presentación al Adolescente -, en consecuencia este deberá presentarse los días Viernes de cada dos semanas, ante el cuarto Pelotón de la Segunda Compañía del Destacamento de Fronteras No. 91 de la Guardia Nacional, con sede en San Juan de Mana piare, Municipio Manapiare, Estado Amazonas, de conformidad a lo establecido en el artículo 582 literal "c" de la Ley Orgánica Para Protección del Niño y del Adolescente.