.../En consecuencia este Tribunal acuerda ratificar en todo su contenido el embargo ejecutivo practicado en fecha 03-12-09, sobre un bien inmueble descrito ut supra pero acuerda respetar el cincuenta por ciento (50%) del valor del inmueble a favor de la tercera Opositora, quien logró demostrar efectivamente tiene un derecho exigible sobre el inmueble por ser cónyuge de la parte ejecutada y a los fines de salvaguardar sus derechos patrimoniales de la comunidad gananciales, este Tribunal declara con lugar la solicitud de oposición al embargo ejecutivo propuesto por la ciudadana DEISIS MARIVIA TORREALBA RIOBUENO, plenamente identificada en autos, en su carácter de Tercera Opositora. Prosígase el curso de ley. Y ASI SE DECIDE.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABOG. HECTOR A. CRISTOFINI S.
EL SECRETARIO,
ABOG. CARLOS A. HAY C.
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