DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, Acuerda PRIMERO: Califica la Aprehensión en Flagrancia y ordena la aplicación del procedimiento ordinario, de conformidad con lo establecido en los artículos 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que están llenos los extremos contenidos en la flagrancia. SEGUNDO: De conformidad con el artículo 256 numerales 3, 4, y 6 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda las siguientes medidas cautelares al ciudadano JIMENEZ AMAYA CARLOS HERNAN, a).- Presentación todos los días por ante la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, entre las 8:30 horas de la mañana a 3:00 horas de la tarde; b- No ausentarse de la Jurisdicción del Municipio Atures del Estado Amazonas sin autorización del tribunal; 3.- Prohibición de acercarse a los funcionarios S/1ERA SALAS RODRIGUEZ KENN.....