Este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Juicio del Circuito Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCCION PENAL, el fin del presente asunto y la libertad plena de los ciudadanos EDGAR ALEXIS INFANTE PINEDA Y ALDO GREGORIO QUEREBI DAZA, por el cumplimiento del ACUERDO REPARATORIO, todo de conformidad con el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes.