Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite los siguientes pronunciamientos DECRETA: PRIMERO: Se Acuerda el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadano ANGEL VICENTE JIMENEZ TORRES, titular de la Cédula V-24.678.250, de conformidad con los artículos 318.3 en concordancia con el articulo 41 y 48.6 del Código Orgánico Procesal Penal. En Virtud del cumplimiento del acuerdo reparatorio, de igual forma se decreta el cese de las medidas impuestas. Esta decisión se fundamentará por auto separado. a quien el Ministerio Público le imputo la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 470 del Código Penal, en perjuicio del la ciudadana CATALINA MOREN, En Virtud del cumplimiento del Acuerdo Reparato.....