En fuerza de los anteriores razonamientos aquí expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la potestad que emana de los ciudadanos y ciudadanas e impartiéndola en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana ANA MARIA RAPAGNA, en contra de la decisión tomada en fecha 23 de octubre de 2008, por el Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, mediante la cual declaró improcedente la medida de secuestro solicitada por dicha ciudadana, con ocasión del juicio de desalojo incoado en contra del ciudadano JUAN CARLOS TORO OCHOA. ASI SE DECIDE.