ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECRETA la Suspensión Condicional del Proceso seguido en contra de JUAN CARLOS SANGUINO GARCIA, Venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.909.919, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, de 27 años de edad, de profesión u oficio electricista, hijo de Ana María García (V) y Rafael Sanguino (V), residenciado en Barrio Ajuro, calle Brasil, al lado de la familia patiño, de esta ciudad, por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA AGRAVADA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho a la Mujer a una vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Gladis Alfrida Jaime La Rosa, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 44 del Código Orgánico Procesal Penal, fijándose el plazo de régimen de prueba en UN (01) AÑO, quedando obligado a cumplir bien.....