En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en función de Control del Circuito Judicial del Estado Amazonas, En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA : MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al imputado JOSE GREGORIO CUICHE ESCORCHE, de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 248 y 373 Ejusdem; por el delito de CONTRABANDO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 4 numeral 16 de Ley sobre el delito de Contrabando.-