En consecuencia, este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL DEL ESTADO AMAZONAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la solicitud fiscal sobre la Aprehensión en Flagrancia del ciudadano NEISON ORIAN BERNAVE ORTEGA, venezolano, natural de puerto Ayacucho, estado Amazonas, titular de la cedula de identidad Nº 26.438.831, de 18 años de edad, de estado civil soltero de profesión u oficio Obrero, Residenciado en el Barrio Monte bello, al frente de la antigua escuela Cecilio Acosta, Puerto Ayacucho, Municipio Atures, del Estado Amazonas, Teléfono 0416-883-140-86, quien se encuentra incurso en la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO previsto y sancionado en el artículo 453 numerales 3 del Código Penal en perjuicio de la ciudadana MARIA PESQUERA ORTEGA todo ello de conformidad con lo previsto en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Pe.....