PRIMERO: Se Declara SIN LUGAR la solicitud formulada por el por el Ciudadano: JOSE E. CHIRINOS, debidamente asistido por el Abg. BELWIN MARIO TERAN, donde solicita se le Ordene a la Fiscalía Primera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, le sea expedida copia simple del expediente administrativo donde se le hace responsable de estar incurso en una causal de destitución contenida en el artículo 86 numeral 8 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, por no existir violación al derecho de la defensa, al debido proceso y al principio de inocencia, consagrados en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que no se ha individualizado como imputado a ninguna persona, como consecuencia de auditoria practicada por el Jefe de Sector de Tributos Internos del SENIAT, donde se determinó un faltante de: 14.464.326,oo bolívares del área de valores de bienes del Estado y según circular N° DFGR-DVGR-DCJ-DRD-11-2001-13, de fecha 11-07-01, no pue.....