Por los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos y por autoridad de la ley, decide: Primero: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales, que intentó el ciudadano PEDRO VILORIA, contra del ciudadano SANTOS NAVAS, ambos plenamente identificados. Segundo: Se ordena al ciudadano SANTOS NAVAS, pagar al demandante ciudadano PEDRO VILORIA, la suma de Bs. Tres Millones Ochocientos Veintitrés Mil Quinientos Cuarenta y Uno con Cincuenta y Seis Céntimos.(Bs.3.823.541,56) por concepto de prestaciones sociales, sumas resultantes de la sumatoria de los siguientes conceptos y montos: a) Antigüedad Bs.1.994.791,66, b) Vacaciones Bs 465.000,00, c)Vacaciones Fraccionadas Bs.75.000,00, d) Bono Vacacional Bs.225.000,00, e) Bono Vacacional Fraccionado Bs.45.000,00, f) Preaviso Bs.478.749,90, g) Utilidades Bs.450.000,00, h) Utilidades Fraccionadas Bs.90.000,00.Así mismo deberá pagar el demandado al demandante la suma que resulte de la experticia complementaria d.....