Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales antes señaladas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda, interpuesta por la Abg. CARMEN TERESA ESPAÑA ESPINOZA, en su carácter de Fiscal Tercero del Ministerio Público (E) en materia de Protección, Civil y Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, a petición de la ciudadana GENOVEVA DEL VALLE ESCALONA ANZOATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.914.938, de profesión u oficio Obrera (Contratada) del Ministerio de Educación, domiciliada en el Barrio Carabobo, casa Nº 81, de esta Ciudad de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, actuando en resguardo y defensa de los intereses de las niñas IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMI.....