Por las razones expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 05 de marzo de 1991 por los ciudadanos MIGUEL ANTONIO ASCANIO y LILIA YSABEL DAZA DE ASCANIO, y así se declara.