El Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal con funciones de Juicio del Estado Amazonas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, acuerda ratificar el contenido del auto de fecha 23 de mayo de 2003, en la causa 2U-070-03, seguida al ciudadano: Jesús Amalio Aguilar Infante, en donde se le Niega la sustitución de la medida de privación de libertad, por no estar ajustada a derecho, solicitada por el Defensor Público Tercero Penal, de esta Circunscripción Judicial, Abog. Robert Mundarain.