En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia Penal en Función Control de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emitió los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la calificación de Aprehensión en Flagrancia, de los imputados de autos, por encontrarse llenos los extremos contemplados en el articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal y la aplicación del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el artículo 373 ejusdem. SEGUNDO: Se decretan Medidas de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los ciudadanos: MANUEL FRANCISCO AZAVACHE NAVAS, titular de la Cédula de Identidad N° 10.922.286, venezolano, nacido Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, residenciado en Escondido III, detrás del Rebusque Mayaviro, casa s/n, diagonal al rebusque por la parte trasera, concubino, carpintero, hijo de Manuel Francisco Azabache (f) y Petra Navas de.....