Concierne a este Juzgador determinar en primer lugar cual es el hecho constitutivo de delito, que merece la aplicación de pena corporal; el haber sido incautada la cantidad de 78 kilos de sustancia estupefaciente en el camión es un tipo penal contemplado en la Ley sustantiva que rige la materia y la propiedad de dicho camión el cual es del imputado son elementos de convicción para presumir que el imputado ha sido autor o participe del hecho punible. En cuanto a la presunción de fuga se tomó en consideración que el imputado tiene arraigo en nuestro país, toda su familia vive en este estado y sus negocios los tiene en la ciudad de Puerto Ayacucho correspondiendo al Juez A-quo analizar las circunstancias de cada caso particular para determinar la procedencia de una Medida Cautelar Sustitutiva, se toma en consideración que el imputado se presentó voluntariamente, a pesar de sus dolencias físicas, en dos oportunidades ante este Circuito Judicial a fin de ponerse a derecho lo que d.....