El Juzgado Primero de Juicio, sustituyó la medida judicial de privación preventiva de libertad, que pesa sobre el acusado Richard José Vásquez Márquez, Por considerar que los supuestos que la motivaron pueden ser razonablemente satisfechos por la aplicación de medidas menos gravosas tales como, la prevista en el ordinal 3°referente a la presentación periódica ante la unidad de Alguacilazgo de este circuito judicial los días lunes y Viernes de cada semana, entre las 8:30 AM y las 12:00 del mediodía, la prevista en el ordinal 4° consistente en la prohibición de salir de la ciudad de Puerto Ayacucho y del país, sin la autorización del Tribunal; la del ordinal 5°, consistente en la prohibición de asistir al lugar de trabajo de la victima ni a su residencia; la del ordinal 6, el cual consiste en la prohibición de comunicarse y de acercarse a la victima; la innominada del ordinal 9, la cual consiste en la realización de todos los trámites pertinentes, relativos a la obtención de la cédula .....