PRIMERO: Se recalifica la Acusación Fiscal, quedando acusado el Ciudadano ANGEL MANUEL ESTRADA TRUJILLO, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 13.558.338, por la presunta comisión del hecho punible previsto en el Ordinal 2do. del Articulo 75 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes psicotrópicas. SEGUNDO: Se ordena el traslado del Ciudadano ANGEL MANUEL ESTRADA TRUJILLO, a un Centro de Rehabilitación, a los efectos de que reciba terapias especializadas para su cura o desintoxicación, y lograr su readaptación social de conformidad con los Artículos 76, numerales 1, 2, 3 114 y 115 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. TERCERO: Se insta a la Defensa a consignar escrito por ante este Tribunal el día 14 de Mayo del año en curso, participando sobre el traslado del Ciudadano ANGEL MANUEL ESTRADA TRUJILLO, y consignar por ante este Tribunal constancia sobre su reclusión en el Centro de Rehabilitación. CUARTO: Se deja sin efecto la convo.....