este Juzgado Único de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: El adolescente sancionado comenzó a presentarse por ante el Equipo el día 22-09-2008, debiendo culminar el día 22-03-2009, lo cual no fue así porque se estuvo presentando cuatro (04) veces más, de las cuales el Tribunal justifica tres (03) inasistencias, pero hay dos que no fueron justificadas. En consecuencia tomando en cuenta las cuatro sesiones en las cuales se ha presentado ante el Equipo hay dos asistencia s que se le van sumar a la sanción de imposición de Reglas de Conducta, para lo cual se va a realizar un nuevo cómputo, que se hará llegar a las partes. Quedan debidamente notificadas en este acto sobre la presente decisión de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Cód.....