Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia con Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: Califica como flagrante la aprehensión de la ciudadana ACASIO HERNANDEZ LEIDYMAR, titular de la cédula de identidad Nº 27.365.233, de nacionalidad venezolana, de 27 años de edad, fecha de nacimiento 03/04/83, estado civil soltera, de profesión u oficio Indefinida, residenciada en el Sector Prolongación del Triangulo de Guacaipuro, casa sin número, cuarta transversal, de esta ciudad, por la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en virtud que la misma se produjo conforme a las previsiones del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, a .....