En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO AMAZONAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida a NELSON DABUENA YAVINAPE, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en la Ley de Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de RENNY DANNY DABUENA, todo ello de conformidad con el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 numeral 8 del Código Penal, por haber operado la prescripción ordinaria de la acción penal.
SEGUNDO: Se ordena notificar al Fiscal del Ministerio Público, al imputado por identificar y a la víctima de autos de la presente decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia de la sentencia y en su oportunidad legal.....