el Tribunal por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil con el correspondiente archivo del expediente. En relación a la solicitud del original de la Letra de Cambio al demandante, se acuerda, en consecuencia se ordena entregar lo solicitado previa certificación en autos de la misma. Cúmplase.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABOG. HECTOR A. CRISTOFINI S.
EL SECRETARIO,
ABOG. CARLOS A. HAY C.
HACS/CAHC/ alva
EXP. N° 2009-1.574