Regístrese, Publíquese y Notifíquese. Remítanse oficios dirigidos: al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sentencias Penales. Dirección de Rehabilitación Custodia del Ministerio del Interior y Justicia y al Director del Internado Judicial del Estado Apure, a los fines de que notifique al penado, y anexe un ejemplar al expediente carcelario del penado. Expídanse por Secretaría copias certificadas del presente auto y anéxense a los oficios y boletas respectivas. Cúmplase.