Este Tribunal de Ejecución sección Adolescentes ORDENÓ la cesación de la medida de SEMI LIBERTAD la cual fue impuesta el 03/11/2009 en sustitución de la sanción de Privación de Libertad por el lapso de cuatro (4) años que venia cumpliendo el joven sancionado, de conformidad con lo establecido en el literal H del artículo 647 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, ya que el lapso establecido para el cumplimiento de la sanción impuesta al Joven Adulto IDENTIDAD RESERVADA se cumplió en fecha 03/08/2010, de conformidad con lo previsto en los artículos 645 y 647, literal h de la Ley precitada Ley.