En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Penal en función de Juicio Unipersonal de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley ABSUELVE a los acusados RENE YASMIRA LEAL JIMENEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.955.565, oficios del hogar, nacida en Puerto Ayacucho, estado Amazonas, de 26 años de edad, nacida en fecha 12/10/1982, residenciada en Chaparralito, después de la cancha a dos casas, callejón a mano derecha, hija de Ramón Leal (v) y Carmen Jiménez (v) y WILLIAMS RAFAEL MERECUANA, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.299.780, natural de Barcelona, hijo de Ramón Marcano (f) y María Merecuana (v), residenciado en Chaparralito en la entrada principal, albañil y artesano; por no quedar plenamente demostrado en el debate oral y publico la responsabilidad penal del acusado antes mencionado, en la comisión del delito de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTES y.....