Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en las disposiciones legales antes señaladas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda por RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (Custodia), la cual fue interpuesta por el ciudadano por el Ciudadano JOSE ALFREDO RIVERO CANELONES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-15.350.939, actuando en defensa de los intereses de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de cuatro (04) años de edad, en contra de la ciudadana DOLIRMARI GISEL HURTADO DE RIVERO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° V-17.106.492. SEGUNDO: La Custodia .....