Se decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO, de conformidad con lo establecido en los artículos 615 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida contra el ciudadano: (articulo 65 LOPNA) a quien se le seguía averiguación penal por la comisión del delito de: LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, previsto y sancionado en el Artículo 417 del Código Penal, ahora 415 ejusdem, en agravio del ciudadano: WILFREDO JOSE TORREALBA HIDALGO.