Se acuerda lo siguiente:
1.- Se modifica la medida de abrigo dictada por esta Sala de Juicio y en su lugar se ordena incluir al grupo familiar en un programa de prevención de acuerdo a los literales b) y d) del artículo 124 de la Ley en comentario, el cual debe ser cumplido con carácter obligatorio por los progenitores y las hijas....