DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se ordena remitir la presente causa al Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, para que en un término de cuarenta y cinco días continuos la parte recurrente (demandada) de contestación a la demanda de conformidad con el articulo 152 de la Ley Orgánica del Poder Publico Municipal. Líbrense los oficios pertinentes.
SEGUNDO: , No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del asunto.