Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Ejecución de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley y en uso de la facultad conferida por el numeral 1° del artículo 479 en concordancia con el artículo 493, 494, 495,496 y 497 del Código Orgánico Procesal Penal CONCEDE la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al penado PEDRO RAFAEL SOLORZANO, de nacionalidad Venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.56B.593, natural de Puerto Ayacucho, Estado Amazonas, donde nació el 17/12/1947, de 63 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en el Barrio Cajigal, callejón Leoncio Martínez, casa sin número, detrás del Bar Media Luna; por estar satisfechos los extremos exigidos en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal, y para dar cumplimiento a lo .....