DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud interpuesta por el Edita Frontado, en su condición de Defensor Privada del acusado Cesar Augusto Acevedo, en tal sentido el prenombrado ciudadano deberá presentarse ante la oficina de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal cada quince (15) días, a partir de haber sido debidamente notificado