...En fuerza de los anteriores razonamientos, este Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos JAIME GREGORIO LOPEZ MEDINA y OBDULIA AZUAJE, ambos suficientemente identificados en autos, por la RUPTURA PROLONGADA DE LA VIDA EN COMUN, tal como lo establece el Artículo 185-A del Código Civil, y así declara disuelto el vínculo matrimonial que por ante la Primera Autoridad Civil del Municipio Autónomo Atures del Estado Amazonas, celebraron los mencionados ciudadanos, el día Catorce (14) de Noviembre de 1.983, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nro. 27.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado de los Municipios Atures y Autana de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, en Puerto Ayacucho, a los Trece (13) días del mes de Enero del año Dos Mil Doce (2012). Años: 201º de la Independe.....