este Tribunal de Primera Instancia en Función de Ejecución de la Circunscripción Judicial del estado Amazonas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda PRIMERO: En relación al joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, ello de conformidad con el artículo 65 de la Lopnna, a quien se sancionó con la medida de IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA, conforme al artículo 647 literal "e" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el lapso de OCHO (08) MESES Y VEINTISEIS (26) DIAS, la cual debía iniciar en fecha 10-03-2011 y culminar de verificarse su efectivo cumplimiento en fecha 07-12-2011, por lo que se le insta a consignar a través de su defensor de manera inmediata, la respectiva constancia original de notas y en cuanto a la constancia de estudios emitida por el Centro de Capacitación Laboral Don Bosco, debe indicar el inicio y culminación de dicho curso, ello para verificar el efectivo cumplimiento de.....