Este Tribunal Segundo en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Amazonas, declara CON LUGAR la solicitud interpuesta el día 12 de mayo de 2005, por el DR. PEDRO ELIAS FERNANDEZ, en su condición de Fiscal Segundo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas, y en consecuencia DESESTIMA los hechos objeto de la denuncia, ello de conformidad con lo previsto en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal.